Manejo en Estado de Ebriedad


¿Qué es el manejo en estado de ebriedad?

Un conductor se encuentra en Estado de Ebriedad cuando presenta una dosificación igual o superior a 0.8 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo.

 

¿Si manejo en estado de ebriedad me pueden quitar la licencia de por vida?

               Si conduces en “estado de ebriedad” y causas lesiones gravísimas o la muerte de una persona el Juez te puede condenar con la perdida de la licencia de conducir de por vida sin opción de apelar o recuperarla.

Otra circunstancia se da si te sorprenden por 3ra vez manejando en “estado de ebriedad”, aun que no te involucres en un accidente causado daño ni lesiones, el Juez te puede condenar suspendiendo tú licencia y sólo después de 12 años podrás apelar en Tribunales para recuperar la licencia.

 

¿Que es el manejo bajo la influencia del alcohol?

 Un conductor se encuentra bajo la influencia del alcohol, cuando su organismo arroje una dosificación superior a 0,3 e inferior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre.


 ¿Cómo determina el juez si la persona está o no en estado de ebriedad?

La ley señala que el Juez podrá considerar todos los medios de prueba posibles, entre ellos y especialmente:

1º- El estado general del imputado (incoherencia al hablar, dificultad para mantener el equilibrio, etc.) De estos datos queda constancia en el parte policial).

2º- El nivel de alcohol en la sangre. ( alcotest prueba respiratoria y la alcoholemia prueba sangre).


Sanciones por manejo en estado de ebriedad:

Quien conduzca bajo la influencia del alcohol, será sancionado con una multa de 1 a 5 UTM y la suspensión de su licencia de conducir por un periodo de tres meses. Si causa daños materiales o lesiones leves, será sancionado con la misma multa pero la licencia se le suspenderá por seis meses.

Si se causan lesiones menos graves, se impondrá la pena de prisión en su grado mínimo o multa de 4 a 10 UTM y la suspensión de la licencia de conducir por nueve meses.

Si las lesiones causadas son graves, la pena será de reclusión y suspensión de la licencia de conducir por un periodo de 18 a 36 meses.

Quien hiera, golpee, maltrate de obra a otro o cause la muerte, recibirá la pena de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 21 a 30 UTM y la suspensión de la licencia por un plazo entre 36 y 60 meses, según determine el juez.

En caso de reincidencia el infractor sufrirá, además de la pena que le corresponda, la suspensión de la licencia para conducir por el tiempo que estime el juez, el que no podrá ser inferior a 48 ni superior a 72 meses. Si la reincidencia es por las lesiones graves o muerte o si hay condena previa por este delito, se aplicará además la pena de inhabilidad perpetua para conducir.

Las penas de multa podrán ser reemplazadas, a voluntad del infractor, por trabajos a favor de la comunidad y la asistencia a charlas sobre la conducción bajo los efectos del alcohol o estupefacientes.


Sanciones por manejo bajo la influencia del alcohol:

Quien sea sorprendido manejando en estado de ebriedad será sancionado con la suspensión de la licencia por dos años la primera vez: A la segunda vez que suceda, se le suspende la licencia por 5 años y hay suspensión definitiva si se sorprende en una tercera oportunidad.

Transcurridos 12 años desde que se canceló la licencia, el juez podrá levantar esta medida si es que existen nuevos antecedentes que permitan estimar que el infractor ya no es un peligro para el tránsito o para la seguridad pública.

Por otro lado, el conductor que haya sido condenado a la suspensión o inhabilitación perpetua para conducir sea sorprendido conduciendo un vehículo durante la vigencia de la sanción impuesta, será castigado con prisión en su grado máximo y multa de hasta diez unidades tributarias mensuales.



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